El acceso abierto a la información posibilita la difusión pública del conocimiento, sin embargo, existen falsas creencias de que atenta con los derechos de autor…

El acceso abierto en su definición más amplia permite el uso gratuito y sin restricciones de los recursos digitales de cualquier formato. Por ejemplo, posibilita la transferencia de conocimientos y la difusión pública de contenido esencial para el desarrollo de los pueblos como la literatura científica.

Su empleo facilita el derecho al acceso universal a la información, reconocido como un derecho humano, el cual incluye, según la Organización de Naciones Unidas, garantizar que todos podamos por igual buscar, recibir y difundir información.

Ante la idea de proteger, regular, ocultar o lucrar, mucho conocimiento se queda u olvidado o en manos de muy pocos, lo cual impide la transparencia y el desarrollo. Si no se comparten los últimos descubrimientos científicos, por ejemplo, sobre cómo hacer una vacuna para una enfermedad, el poder estará solo en las grandes compañías o centros de estudio, mientras que otros que también lo necesitan quedarán fuera.

Consulte, además: Cuba: Acceso Abierto para socializar conocimientos

Lo mismo ocurre con otro tipo de informaciones relacionadas con servicios públicos y gestión de gobierno, las cuales son esenciales para el funcionamiento de una sociedad contemporánea, la toma de decisiones e incluso el ejercicio adecuado del periodismo.

Sin embargo, todo acceso libre, por supuesto, también está regido por normas éticas y líneas a seguir. Existen falsas creencias de que es una amenaza para los derechos de autor, como una forma de saltárselos y usar la información como se considere; pero no es así.

Consulte, además: Los datos abiertos, una necesidad de la sociedad actual

Que la información esté disponible en internet no significa que sea totalmente libre

Es cierto que el acceso abierto permite que un contenido esté disponible para consulta libre por parte de cualquier persona y que además lo pueda utilizar, descargar, copiar y distribuir; pero eso no exime del reconocimiento de la autoría.

Por lo general, si algo está disponible en internet tiene de forma implícita, a no ser que se especifique lo contrario, derecho para uso personal. Pero, en el caso del acceso abierto se otorgan diversos permisos y licencias que son los rigen cómo se deberán usar los recursos de forma legal y con respeto a sus autores, destacó la profesora Janie E. Cabrera, asesora legal del Instituto de Información Científica y Tecnológica, en el Taller del Centro de Información para la Prensa en el Marco de la Jornada del Acceso Abierto a la Información.

La profesora explicó que el derecho de autor tiene dos vertientes: los derechos morales y patrimoniales. Según la primera los autores tienen derecho a ser reconocidos en todo momento, a la integridad de su obra (a oponerse a modificaciones y deformaciones que atenten contra su reputación), a la divulgación (permiso para publicarla) y al retracto o arrepentimiento (decidir que no se publique). La segunda se trata de tener un derecho exclusivo sobre las obras y a recibir remuneración sobre su uso.

 Consulte, además: Ley de Derechos de Autor: proteger la creación para el bien de todos

Cuando una obra está en acceso abierto se respetan los derechos morales del autor, pero no debe tener los patrimoniales para ponerlos en repositorios open Access, ya que uno de los principios fundamentales de esta forma de distribución de contenido es que Para proteger los derechos de autor en ese caso existen varias vías, nos comentó la profesora Janie E. Cabrera, entre ellas mecanismos jurídicos mediante la legislación vigente y mecanismos tecnológicos como marcas de agua. También está la licencia Creative Commons, en la que cada autor esclarece las condiciones de uso de su obra.

En cuanto a Cuba, desde la propia Constitución en el artículo 62 se reconocen los derechos privados de la creación intelectual. Específicamente, la Ley 154/2022 “De los Derechos del Autor y del Artista Intérprete”, el Decreto 74/2022 “Sobre el Centro Nacional de Derecho del Autor y del Artista Intérprete” así como la Resolución 65/2022 “Reglamento de las Organizaciones de Gestión Colectiva de Derechos sobre Creaciones Literarias y Artísticas”, son las que rigen las cuestiones de derecho de autor.

La 154/2022 protege “la expresión creación intelectual literaria y artística comprende los campos de las bellas letras, del arte, el científico, el educacional, el periodístico, el comunicacional y el técnico”. En esta se señalan los derechos morales y patrimoniales que tienen los autores cubanos sobre sus obras.

Explica que se considera creador, a los efectos de esta Ley, a la persona natural que crea una obra, y por ello ostenta la condición de autor; o interpreta o ejecuta una obra, y por ello ostenta la condición de artista intérprete o ejecutante.

Aunque en Cuba en general el acceso abierto a la información todavía es incipiente, es importante considerar los derechos de autor para la creación futura de repositorios u otras formas de hacer llegar de forma libre el conocimiento a la ciudadanía. Que el acceso sea gratuito y disponible a todos nunca debe significar que se vulneren los derechos morales de los creadores.

3 octubre 2023 |Fuente: Cubahora| Tomado de Ciencia y Tecnología

octubre 3, 2023 | Gleidis Hurtado Cumbá | Filed under: Ciencia, Cuba, De la prensa cubana, investigación | Etiquetas: , , , , , |

Italia dio de plazo hasta el 30 de abril para que la tecnología estadounidense Open AI adapte la gestión de datos de la herramienta de Inteligencia Artificial ChatGPT a la normativa italiana, después de bloquear su uso en todo el país.

El garante italiano para la Protección de Datos también solicitó que presente un sistema de verificación de edad que sea capaz de evitar el acceso a los menores de 13 años y cuyo funcionamiento deberá estar en vigor antes del 30 se septiembre de 2023.

Asimismo, Open AI deberá iniciar antes del 15 de mayo una campaña en medios de comunicación para informar a las personas sobre el uso que hace de sus datos personales con el fin de entrenar algoritmos y mejorar el rendimiento de sus servicios.

Respecto a la gestión de los datos personales, la empresa tendrá que habilitar un sitio web de fácil acceso en el que explique el almacenamiento, tratamiento y procesamiento de la información que recopila de sus usuarios.

Ese protocolo tendrá que mostrarse obligatoriamente a las personas que se registren desde Italia, quienes deberán aceptarla antes de utilizar el servicio, mientras que quienes ya se hayan dado de alta tendrán que hacerlo cuando se reactive.

El pasado 31 de marzo las autoridades italianas dispusieron el bloqueo “con efecto inmediato” de la herramienta de Inteligencia Artificial acusándola de no respetar la ley de protección de datos de los consumidores. El popular ChatGPT ha sido desarrollado por la compañía OpenIA de Estados Unidos, donde varias organizaciones han pedido también su suspensión para recelar de estos experimentos con Inteligencia Artificial.

Según el organismo de esta herramienta, la más conocida de la inteligencia artificial emergente, capaz de simular conversaciones humanas, sufrió el pasado 20 de marzo una pérdida de datos sobre sus usuarios y los datos de pago de sus abonados.

En su disposición, también destacó “la falta de información a los usuarios ya todos los interesados ​​de quienes recopilan datos OpenAI” pero “sobre todo la ausencia de una base jurídica que justifica la recogida y conservación de datos personales”.

El uso de la inteligencia artificial cada vez es más frecuente y pujante y, por eso, la Unesco ha urgido a los países que aplican sin demora el Marco Ético Mundial sobre esa tecnología, adoptado en 2021 de forma unánime por los 193 Estados miembros.

(Con información de EFE)

Abril 12/2023 (Cubadebate) – Tomado de la selección de Noticias especiales sobre Ciencia y Tecnología. Copyright 2014. UCI, La Habana, Cuba.

abril 12, 2023 | Jessica Arias Ramos | Filed under: De la prensa cubana, Mundo | Etiquetas: , , , , , |

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