La regulación del derecho a la salud en Cuba, como en el mundo, enfrenta actualmente una serie de desafíos complejos derivados de avances científicos, transformaciones sociales y el entorno internacional. Estos retos exigen un perfeccionamiento de los marcos normativos a fin de garantizar la protección de este y otros derechos fundamentales constitucionalmente reconocidos, así como la eficiencia y calidad de los sistemas de salud.

En este contexto, se aprobó en el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la X Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), en Diciembre de 2023, una Ley de Salud Pública cuya exposición de motivos invocó precisamente estos argumentos.

Entrando en materia: El derecho a la salud

La salud se entiende como un estado de completo bienestar físico, mental y social. A partir de esta definición ofrecida por la Organización Mundial de la Salud en 1946, estar sano supone más que la mera ausencia de enfermedades o discapacidades. La salud se concibe, en definitiva, como un medio que permite a las personas llevar una vida individual, social y económicamente productiva.

Así lo reconoce la Constitución de la OMS, calificando el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr como uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social.

El instrumento responsabiliza consecuentemente a los gobiernos con la salud de sus pueblos y los compulsa a adoptar medidas sanitarias y sociales adecuadas para satisfacer este cometido. De tal modo, el máximo órgano rector de políticas sanitarias a nivel internacional reconoce la complejidad del fenómeno sanitario, que exige la coexistencia de varias formas de bienestar que tributan a la consecución de un buen estado de salud en las personas.

La responsabilidad de los Estados en este asunto ha dado lugar a la configuración de un “derecho a la salud”. Este puede describirse, a muy grandes rasgos, como un derecho humano básico por el cual todas las personas deben tener acceso a los recursos sanitarios esenciales.

Su reconocimiento obliga al Estado a garantizar a los ciudadanos la posibilidad de disfrutar del mejor estado de salud posible. Sin embargo, debe diferenciarse el derecho a la salud del derecho a estar sanos. En tal sentido, el reconocimiento de este derecho no supone una obligación del Estado de garantizarnos buena salud, sino de generar el mismo acceso a los servicios de atención médica al conjunto de la población, reconociendo, además, las necesidades específicas de cada grupo o sector poblacional.

Es importante establecer esta distinción, pues el estado de salud dependerá de cada individuo. Varios de los factores que inciden en el estado de salud quedan fuera del control de los estados: es el caso de los hábitos o de la estructura biológica de las personas. Por ello, describirlo como “el derecho al nivel más alto posible de salud física y mental” es más exacto que como un derecho incondicional a estar sano.

El derecho a la salud se expresa, por tanto, en el acceso pleno a un sistema de protección sanitaria que proporcione a las personas las mismas oportunidades de alcanzar el nivel más alto posible de salud a partir de prestaciones sanitarias oportunas, profesionales, idóneas y responsables, es decir, que se ajusten a la ética médica y sean respetuosos con las diferencias biológicas y culturales de cada sujeto.

Es comúnmente aceptado que este se conciba a partir de la articulación de otros derechos específicos que los estados deben asegurar:

• El derecho a un sistema de protección de la salud
• El derecho a la prevención y a tratamientos preventivos para luchar contra la propagación de enfermedades
• El derecho al acceso a los medicamentos esenciales
• La promoción de la salud materna e infantil
• El derecho al acceso a servicios de salud apropiados
• Educación y concienciación sobre la salud

Su relación con otros derechos, valores y principios

El reconocimiento del derecho a la salud como un derecho humano implica que son titulares del mismo todas las personas, sin distinción alguna.

En Cuba, este derecho fue reconocido por vez primera en el artículo 50 de la Constitución de 1976, que rezaba: “Todos tienen derecho a que se atienda y proteja su salud”. Por tanto, este se protegía bajo el amparo de la igualdad como resorte para su disfrute. Al respecto, es importante recalcar que la igualdad funciona como un prerrequisito ineludible para el disfrute de los derechos humanos en la ciudadanía y es por eso que se concibe siempre como una parte intrínseca del propio derecho a la salud.

En el texto constitucional de 2019, la primera mención a este derecho en el artículo 46 lo ubica además junto a otros importantes derechos como los de la vida, la integridad física y moral, la libertad, la justicia, la seguridad y la paz, posicionándolo como uno de los fundamentales, si entre ellos fuese posible establecer alguna relación.

Esta obligación de los estados respecto a las personas, de garantizar cuidados médicos de salud, generalmente acompaña la realización de otros derechos.

El derecho a la salud, desde el correlato que tiene con el derecho a la vida, por ejemplo (ya que este último comprende no solo el derecho a vivir, sino que a tener una vida digna), supone el primer escalón en la materialización de la dignidad, valor fundamental reconocido como una condición inseparable de la propia humanidad y recogido en nuestro texto fundamental como valor supremo que sustenta el reconocimiento y ejercicio de los derechos y deberes consagrados constitucionalmente en el país.

Los artículos 40 y 41 identifican la dignidad humana como el sustento del reconocimiento y disfrute de los derechos previstos en el ordenamiento jurídico cubano y los instrumentos jurídicos internacionales de los que Cuba es parte; asimismo, la igualdad y la interconexión entre todos los derechos como exigencias para su disfrute.

El derecho a la salud está condicionado por otros elementos como la discriminación, la pobreza, la estigmatización y otros factores socioeconómicos que se conocen como determinantes de la salud. Estos deben abordarse también en la medida en que pueden determinar, y de hecho determinan, la calidad de los servicios recibidos, incluso si a ciertas personas se les prestan o se les niegan cuidados sanitarios.

El derecho a la salud abarca no solo los cuidados sanitarios oportunos y apropiados, sino también los factores subyacentes que determinan el estado de salud, tales como el suministro adecuado de alimentos aptos para el consumo, una nutrición adecuada y una vivienda adecuada; el acceso al agua segura y potable y a instalaciones sanitarias adecuadas; un entorno laboral y ambiental saludable; el acceso a la educación y la información relativas a la salud, comprendida la salud sexual y reproductiva; la protección contra el tratamiento médico no consentido y la experimentación.

Implica, por tanto, la toma de medidas apropiadas por los Estados en relación a todas las circunstancias socioeconómicas y culturales que pueden influir en la salud y el bienestar de las personas. Es por esto que las normas sanitarias no se agotan en un único cuerpo legal, sino que están dispersas en el resto del ordenamiento jurídico, en diferentes ámbitos como el educativo o el laboral y el penal, por ejemplo.

¿Qué criterios avalan el cumplimiento de esta obligación estatal?

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU ofrece una orientación detallada a los Estados en relación a sus obligaciones de respetar, proteger y cumplir el derecho a la salud. En su Observación General No.14, el órgano ha fijado una serie de mínimos sobre el disfrute de este derecho, que incluye los siguientes estándares esenciales e interrelacionados:

Disponibilidad: los Estados deben asegurar la provisión de una infraestructura suficiente válida de salud pública e individual en todo su territorio, así como instalaciones de agua y saneamiento seguras, personal capacitado y adecuadamente compensado y todos los medicamentos esenciales.

Accesibilidad: el acceso a la salud consiste en cuatro elementos clave (la no discriminación, la accesibilidad física, la accesibilidad económica y la accesibilidad de la información). Las instalaciones y servicios de salud deben ser accesibles a todos, especialmente a los más vulnerables, sin discriminación de ningún tipo. Las instalaciones y servicios, así como los factores determinantes básicos de la salud, tales como los servicios de agua y saneamiento, deben ser accesibles físicamente. Las infraestructuras de salud, bienes y servicios deben estar al alcance de todos, y cualquier pago debe estar basado en el principio de equidad para que las familias más pobres no soporten una carga desproporcionada de los gastos relacionados con la salud. Los Estados deben garantizar que toda persona tiene el derecho a buscar, recibir y difundir información sobre la salud, en equilibrio con la confidencialidad de la información médica.

Aceptabilidad: las infraestructuras de salud deben ser respetuosas con la ética médica y la cultura de los individuos y las comunidades, así como prestar atención a los requisitos de géneros y relativos al ciclo de la vida.

Calidad: las infraestructuras de salud deben ser científica y médicamente apropiadas y de buena calidad. Entre otras cosas, esto requiere la provisión de medicinas y equipos necesarios, profesionales médicos formados y el acceso a agua y saneamiento.

Sobre la organización de los servicios de atención médica en Cuba

Como antes se anunciaba, fue la primera constitución asociada al proyecto revolucionario cubano la que introdujo el reconocimiento de la salud como un derecho de todas las personas y una responsabilidad del Estado. Esta es una prueba de que existe un interés político evidente en hacer de la salud una prioridad nacional y se ha organizado a partir de un sistema único de salud en el país, inaugurado en 1984.

Se ha edificado un sistema sanitario público, universal y gratuito, que coloca en el centro del proyecto médico cubano el bienestar humano.

Basado en la prevención y el concepto de “médico de familia”, el sistema nacional de salud doméstico ha permitido a la población beneficiarse con un nivel de protección sanitaria cuya unidad de base es el núcleo familiar, con un enfoque clínico, epidemiológico y social de los problemas sanitarios regido desde la atención primaria de salud como el eje fundamental del sistema. De su configuración normativa se derivan los siguientes rasgos o principios:

• Carácter estatal y social de la medicina
• Concepción de la salud como un derecho de la población y responsabilidad estatal
• Accesibilidad y gratuidad de los servicios de modo igual para toda la población
• Orientación profiláctica o preventiva de las acciones de salud
• Las prácticas de salud tienen una base científica sólida, basada en la aplicación adecuada de los avances de la ciencia y tecnología.
• Participación comunitaria e intersectorial, concibiendo la participación social como un requisito inherente al uso y al desarrollo de los servicios de salud
• Colaboración internacional.

¿Qué esperar de esta nueva ley de la salud pública?

Teniendo en cuenta la robustez de la configuración de este derecho en nuestro país, vale la pena cuestionarse si es necesario modificar el principal cuerpo normativo en materia de salud en nuestro país.

La actual ley de salud, la Ley 41, data de 1983 y ha consagrado los principios fundamentales de organización y funcionamiento del sistema de salud cubano como garantía del disfrute del derecho a la salud. Sin embargo, la relación con la dinámica social, la ciencia y la tecnología obliga a una actualización de la normativa vigente como parte de los esfuerzos para optimizar los cuidados sanitarios.

En una realidad en que incluso la dignidad impone nuevos paradigmas, la protección de los derechos humanos requiere de una resignificación.

De tal modo, están sobre la mesa asuntos que van desde la bioética y la ética médica como la interconexión entre los ecosistemas y otros seres vivos y su efecto en la salud humana; la regulación del consentimiento informado, y la aplicación de adelantos particulares de la ciencia y la técnica con repercusión en la prestación de servicios sanitarios específicos como la reproducción asistida, la donación de órganos y tejidos, hasta la posibilidad de dictar disposiciones al final de la vida o la investigación en seres humanos, por solo citar algunos ejemplos.

Otros derroteros parten de los aportes de las teorías de género a la relación entre la salud y los derechos sexuales y reproductivos, como el reconocimiento de la importancia de la educación integral de la sexualidad y la importancia de la educación en materia de métodos anticonceptivos o planificación familiar como parte de una buena salud sexual y reproductiva.

Todos estos particulares son también ilustrativos de las nuevas necesidades que una adecuada protección de la salud requiere ante las exigencias actuales y la realización de los derechos humanos a partir de una nueva constitución mas abarcadora en lo que a reconocimiento de derechos se refiere.

A modo de cierre

Urge la entrada en vigor de una norma tan valiosa como esta. La misma, es ante todo oportuna en cuanto a sus contenidos, principios y valores, al tiempo que responde a la necesaria regulación jurídica de este ámbito. Su entrada en vigor no es un mero formalismo, sino una necesidad para el aseguramiento del accedo pleno y equitativo a los servicios de salud en Cuba.

La  disposición normativa (Ley de Salud Pública) atempera las máximas que identifican la protección de la salud en nuestro país para garantizar la prestación de un conjunto de servicios que tributen al nivel más alto posible de salud de las personas desde la base del humanismo.

28 Abril 2025 Fuente: Cubadebate/ Noticias/ Salud

Los más de 13 mil trabajadores del Sector de la Salud Pública en la provincia de Cienfuegos iniciaron el presente año 2025, llevando bienestar y calidad de vida al pueblo sin dejar de atender a ningún ciudadano.

El Doctor Aliesky Villavicencio Verdecia, Secretario del Comité Provincial del Sindicato de Trabajadores de la Salud destaca que una parte de ellos, los profesionales se beneficiaron, el pasado 2024 con el incremento salarial.

«Quedan los de servicios y vigilancia, tan necesarios e importantes  en las entidades del Sector. También se merecen en este año 2025  aquellas mejoras salarial, y creo que el país está en pleno desarrollo para lograr este tipo de medidas hacia dicho  grupo de trabajadores».

Todos esperan  llegar durante el venidero mes de abril al 22 Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba.

«Que es una de las motivaciones más grandes que tenemos en este año, y la delegación cienfueguera de Salud Pública ya está creada, con diez delegados que reconocen algunas formas del Sistema Provincial de  Salud».

Ahí están, por ejemplo, los delegados de la Universidad de Ciencias Médicas, Servicios Médicos Cubanos, Electromedicina, hospitales Gustavo Aldereguía Lima y  Pediátrico Paquito González Cueto, y los de Atención Primaria de Salud, entre otros.

Mejorar la tasa de mortalidad infantil  es uno de los retos y en ello están inmersos los médicos, enfermeros, y el personal de atención primaria y secundaria.

2 de Febrero de 2025 Fuente: Radio Rebelede/ Noticias/ Salud

 

De acuerdo con datos preliminares proporcionados por la Dirección de Registros Médicos y Estadísticas de Salud, en el año recién concluido en el territorio nacional se reportaron 71 mil 374 nacidos vivos, lo cual significa 19 mil 75 nacimientos menos que en el 2023, una realidad que impone retos adicionales a la nación en lo referido a su dinámica demográfica.

Que al cierre del 2024 la tasa de mortalidad infantil en Cuba se mantuviera en 7.1 por cada mil nacidos vivos, refleja, tanto los esfuerzos tenaces de miles de personas que a lo largo y ancho del país batallaron sin descanso por defender la vida, como los innumerables retos que debió enfrentar el Sistema Nacional de Salud en el transcurso de todo el año.

Detrás de cada cifra, está el empeño constante de una nación que, desde la voluntad política de su Estado y su sistema de Salud, no escatima esfuerzos para proteger la salud de cada embarazada, puérpera e infante en el país.

En tal sentido, no podemos ignorar cómo, tras el negativo impacto dejado por la pandemia de la COVID-19 en nuestro país y el 7.6 de mortalidad infantil alcanzado en el 2021, durante los años siguientes, aun cuando desde el Ministerio de Salud Pública no estamos satisfechos con los resultados, hemos ido logrando disminuir esa cifra.

De acuerdo con datos preliminares proporcionados por la Dirección de Registros Médicos y Estadísticas de Salud, en el año recién concluido en el territorio nacional se reportaron 71 mil 374 nacidos vivos, lo cual significa 19 mil 75 nacimientos menos que en el 2023, una realidad que impone retos adicionales a la nación en lo referido a su dinámica demográfica.

En medio de tantas complejidades a las cuales hizo frente el Sistema de Salud cubano en el 2024, asociadas tanto a los efectos del recrudecimiento del bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el Gobierno de los Estados Unidos, que generó un déficit importante de recursos para el funcionamiento de nuestras instituciones y la agudización de los problemas sociales, como a los provocados por los huracanes Oscar y Rafael, así como a dos sismos, y la desconexión, en tres ocasiones, del Sistema Electroenergético Nacional, los esfuerzos realizados por los trabajadores de nuestro sector permitieron disminuir el número de muertes en menores de un año en 133; también en los menores de cinco años, con 101 defunciones menos, y reducir en seis las muertes maternas.

Nueve fueron las provincias donde descendió la cifra de fallecidos menores de un año: Camagüey, Guantánamo, Santiago de Cuba, Granma, Ciego de Ávila, Las Tunas, Mayabeque, Matanzas y Cienfuegos. Así como siete mostraron estadísticas inferiores a la media del país, en cuanto a la tasa de mortalidad infantil por cada mil nacidos vivos: a las provincias de Sancti Spíritus (3.6), Pinar del Río (4.2), Holguín (5.3) y Artemisa (5.9), con resultados sostenidos desde el año 2023, se unieron en el 2024 las de Ciego de Ávila (5.8), Las Tunas (6.3), Matanzas (6.7) y Granma (7.0).

Con satisfacción podemos mencionar, además, que en 33 municipios no se reportaron fallecidos menores de un año. Asimismo, varios territorios, aun cuando no muestran tasas de mortalidad infantil por debajo de la media nacional, sí mejoraron su comportamiento respecto al 2024: tal es el caso de las provincias de Guantánamo, de 9.0 a 7.3; Camagüey, de 10.8 a 7.5; Mayabeque, de 9.1 a 7.3, y Cienfuegos, de 8.3 a 7.4, así como el municipio especial Isla de la Juventud, de 9.3 a 8.8.

Asociado a la mortalidad materna, es importante reconocer que los territorios de Villa Clara (por dos años consecutivos), Artemisa, Las Tunas y el municipio especial Isla de la Juventud no reportaron ninguna muerte durante el 2024. De manera particular fueron 141 los municipios donde no se produjeron fallecimientos relacionados con el embarazo, parto o puerperio.

No obstante esa realidad, la tasa de mortalidad materna al concluir el 2024 fue de 40.6, contra la de 38.7 por mil nacidos vivos que se obtuvo en el 2023.

Entre las acciones conjuntas llevadas a cabo entre las instituciones de Salud y otros sectores, para la atención a ese grupo poblacional, se destacan el refuerzo de la atención a las enfermedades preexistentes a la gestación; el manejo integral de la enfermedad hipertensiva de la gestación; las medidas para disminuir la incidencia del parto pretérmino, así como un mayor seguimiento al alto riesgo obstétrico.

Ante los desafíos que tiene por delante el Sistema Nacional de Salud en el camino de perfeccionar y fortalecer el desarrollo del Programa de Atención Materno Infantil, fueron múltiples las acciones llevadas a cabo el pasado año con el propósito de reforzar la atención a las mujeres en edad fértil, embarazadas, puérperas y pequeños.

Entre esas acciones, es importante destacar el desarrollo de una Intervención Sanitaria Compleja, basada en elementos de innovación de procesos, a partir de la cual un grupo de expertos nacionales y provinciales realizó una evaluación integral de todas las gestantes y los lactantes del país.

Ese ejercicio permitió una mayor y mejor definición de los factores de riesgos, tanto de las embarazadas como de los niños menores de un año. A su vez, posibilitó el diseño de interconsultas, acordes con los problemas identificados; se ingresó a las personas que así lo requerían; se aplicaron tratamientos para las principales afecciones diagnosticadas, y desde el trabajo intersectorial se le dio solución a un número significativo de situaciones de riesgo social.
Unido a ello, se continuaron desarrollando estrategias encaminadas a disminuir el embarazo en la adolescencia; perfeccionar los servicios de planificación familiar, así como incrementar la resolutividad de la Red de Reproducción Asistida Humana.

El 2024 se distinguió, además, por lograr la implementación de la actualización hecha al Programa de Atención Materno Infantil; la evaluación constante de los avances en las acciones que respaldan el objetivo número 3 de la Política de Atención Integral a la Niñez, Adolescencias y Juventudes, así como el inicio del proceso de reorganización de los recursos humanos en la Atención Primaria de Salud, a partir de las premisas aprobadas para garantizar, mantener y dar sostenibilidad a la cobertura de la atención médica a toda la población.

A su vez, se llevaron a cabo 5 mil 900 actividades docentes sobre temas asociados al PAMI, con la participación de más 180 mil profesionales, y se concretó por primera vez en Cuba la vacunación contra el neumococo, lo cual tendrá un impacto en la disminución de los fallecimientos por Infecciones Respiratorias Agudas en los primeros años de vida.

Incansable ha sido la labor llevada a cabo por cada uno de los trabajadores del sector que tributa a la materialización del Programa de Atención Materno Infantil, conscientes en todo momento de que en sus manos está la felicidad de muchas familias y el futuro del país.

Así amanecieron también en el 2025 en toda Cuba, perfeccionando estrategias, buscando alternativas para optimizar recursos, y fortaleciendo la prevención como pilar fundamental de nuestro modelo de Salud.

Entre muchos otros retos que tenemos por delante, nuestro pueblo puede tener la confianza de que seguiremos haciendo sin descanso para disminuir la fecundidad en la adolescencia y la incidencia del bajo peso al nacer; incrementar la lactancia materna exclusiva hasta el sexto mes de vida y complementada hasta los dos años, así como elevar el nivel de conocimiento de la población para el cuidado de las embarazadas y de los menores de un año, y de las actividades de superación y capacitación del profesional de la salud para incrementar la calidad de la atención médica.

La integralidad con que múltiples sectores y organizaciones del país se han sumado desde hace décadas a la atención de este sensible programa para la nación, ha resultado vital para la protección de la vida. El compromiso del Ministerio de Salud Pública y de los trabajadores del sector, ha sido y será siempre, el de poner la salud de nuestro pueblo en el centro de nuestras prioridades.

3 Febrero 2025 Fuente: Granma/ Noticias/ Salud