La delegación cubana que participa en la 60 sesión del Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) continuó este jueves sus actividades en el contexto del evento, donde compartió nuestras experiencias en temas como las enfermedades infecciosas desatendidas, el turismo de salud, la Cobertura Universal y otros.

Una vez más, representantes de varios países miembros de nuestra organización regional reconocieron el papel que en materia de Salud desempeña Cuba en el mundo, así como la estrecha cooperación que lleva a cabo, tanto con la OPS como con diversas naciones de las Américas.

Es nuestra voluntad continuar e incrementar la colaboración en el campo sanitario con quienes lo necesiten, y así lo ratificamos también en estas jornadas de trabajo.

3 octubre 2023 | Fuente: Salud-Cuba | Tomado de Salud

Los ministros de Salud de Panamá, Luis Francisco Sucre; y de Cuba, José Angel Portal, suscribieron hoy aquí un memorando de Entendimiento para robustecer la cooperación bilateral e internacional en ese sector.

En la ceremonia, efectuada en sede diplomática de la mayor de las Antillas en el istmo, Sucre señaló que Cuba y Panamá son dos naciones hermanas, unidas por fuertes lazos de fraternidad y solidaridad y que este acuerdo les permite fortalecer las capacidades técnico-científicas en materia de prevención, vigilancia y respuestas a las emergencias sanitarias.

El funcionario señaló además que este memorando es el resultado de un largo proceso de diálogo y negociación entre ambas instituciones, por lo que agradeció el apoyo del embajador de Cuba aquí, Víctor Cairo.

Sucre ratificó el compromiso de ambos gobiernos con la salud de sus pueblos, como un derecho humano fundamental y con la solidaridad y cooperación entre ambos países.

Por su parte, Portal explicó que, en esta visita de tránsito a la nación canalera, tras participar en la 60 sesión del Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud, sostuvo conversaciones oficiales con su par panameño.

Durante el diálogo ratificamos la disposición común de profundizar los nexos de cooperación en materia sanitaria y evaluamos potencialidades que existen para diversificar esos vínculos en beneficio de nuestros pueblos.

Sobre el documento suscrito, precisó que les reafirma la disposición común de unir conocimientos y recursos para hacer frente a los tantos desafíos sanitarios que las dos naciones tienen por delante y lograr así cada vez una mayor eficacia en sus sistemas de Salud.

Entre otros temas, el memorando busca estimular la cooperación con bases en el intercambio de experiencias y la generación de nuevas iniciativas de trabajo; un mayor acceso y transferencia de tecnologías; el fortalecimiento de las autoridades reguladoras de medicamentos y dispositivos médicos, agregó.

También favorece el desarrollo de programas conjuntos para la atención a pacientes, y de capacidades para la formación y gestión de los recursos humanos; así como la aplicación de productos innovadores de la industria biotecnológica y farmacéutica.

Acerca de los históricos lazos que en salud unen a ambos pueblos, Portal mencionó la implementación del Programa Operación Milagro, en la primera década del 2000; la graduación de 841 profesionales de la Salud panameños en las aulas de Ciencias Médicas. También se refirió al trabajo de los 228 miembros de la brigada internacional Henry Reeve, que llegaron a esta nación en diciembre de 2020 para apoyar el enfrentamiento a la pandemia de la Covid-19.

Es intención de nuestros ministerios de Salud, y así lo ratificamos durante el encuentro, seguir construyendo caminos para nuevos convenios y acuerdos de cooperación que permitan ampliar los vínculos que actualmente existen en el ámbito sanitario, indicó.

En medio de las difíciles circunstancias agravadas en la isla por el recrudecimiento del bloqueo de Estados Unidos, gracias al desarrollo de la ciencia, Cuba pudo desarrollar sus propias vacunas para combatir la pandemia, destacó Portal.

También desde el Ministerio de Salud Pública, dijo, tenemos el compromiso y la responsabilidad de dar seguimiento constante a todas las acciones refrendadas por este Memorando, las cuales no solo posibilitarán ampliar y fortalecer la cooperación entre Panamá y Cuba, sino que contribuirán a la mejora de la calidad de vida de nuestras poblaciones.

3 octubre 2023 |Fuente: CubaSí  | Tomado de Noticias  |  Ciencia y Tecnología

El acceso abierto a la información posibilita la difusión pública del conocimiento, sin embargo, existen falsas creencias de que atenta con los derechos de autor…

El acceso abierto en su definición más amplia permite el uso gratuito y sin restricciones de los recursos digitales de cualquier formato. Por ejemplo, posibilita la transferencia de conocimientos y la difusión pública de contenido esencial para el desarrollo de los pueblos como la literatura científica.

Su empleo facilita el derecho al acceso universal a la información, reconocido como un derecho humano, el cual incluye, según la Organización de Naciones Unidas, garantizar que todos podamos por igual buscar, recibir y difundir información.

Ante la idea de proteger, regular, ocultar o lucrar, mucho conocimiento se queda u olvidado o en manos de muy pocos, lo cual impide la transparencia y el desarrollo. Si no se comparten los últimos descubrimientos científicos, por ejemplo, sobre cómo hacer una vacuna para una enfermedad, el poder estará solo en las grandes compañías o centros de estudio, mientras que otros que también lo necesitan quedarán fuera.

Consulte, además: Cuba: Acceso Abierto para socializar conocimientos

Lo mismo ocurre con otro tipo de informaciones relacionadas con servicios públicos y gestión de gobierno, las cuales son esenciales para el funcionamiento de una sociedad contemporánea, la toma de decisiones e incluso el ejercicio adecuado del periodismo.

Sin embargo, todo acceso libre, por supuesto, también está regido por normas éticas y líneas a seguir. Existen falsas creencias de que es una amenaza para los derechos de autor, como una forma de saltárselos y usar la información como se considere; pero no es así.

Consulte, además: Los datos abiertos, una necesidad de la sociedad actual

Que la información esté disponible en internet no significa que sea totalmente libre

Es cierto que el acceso abierto permite que un contenido esté disponible para consulta libre por parte de cualquier persona y que además lo pueda utilizar, descargar, copiar y distribuir; pero eso no exime del reconocimiento de la autoría.

Por lo general, si algo está disponible en internet tiene de forma implícita, a no ser que se especifique lo contrario, derecho para uso personal. Pero, en el caso del acceso abierto se otorgan diversos permisos y licencias que son los rigen cómo se deberán usar los recursos de forma legal y con respeto a sus autores, destacó la profesora Janie E. Cabrera, asesora legal del Instituto de Información Científica y Tecnológica, en el Taller del Centro de Información para la Prensa en el Marco de la Jornada del Acceso Abierto a la Información.

La profesora explicó que el derecho de autor tiene dos vertientes: los derechos morales y patrimoniales. Según la primera los autores tienen derecho a ser reconocidos en todo momento, a la integridad de su obra (a oponerse a modificaciones y deformaciones que atenten contra su reputación), a la divulgación (permiso para publicarla) y al retracto o arrepentimiento (decidir que no se publique). La segunda se trata de tener un derecho exclusivo sobre las obras y a recibir remuneración sobre su uso.

 Consulte, además: Ley de Derechos de Autor: proteger la creación para el bien de todos

Cuando una obra está en acceso abierto se respetan los derechos morales del autor, pero no debe tener los patrimoniales para ponerlos en repositorios open Access, ya que uno de los principios fundamentales de esta forma de distribución de contenido es que Para proteger los derechos de autor en ese caso existen varias vías, nos comentó la profesora Janie E. Cabrera, entre ellas mecanismos jurídicos mediante la legislación vigente y mecanismos tecnológicos como marcas de agua. También está la licencia Creative Commons, en la que cada autor esclarece las condiciones de uso de su obra.

En cuanto a Cuba, desde la propia Constitución en el artículo 62 se reconocen los derechos privados de la creación intelectual. Específicamente, la Ley 154/2022 “De los Derechos del Autor y del Artista Intérprete”, el Decreto 74/2022 “Sobre el Centro Nacional de Derecho del Autor y del Artista Intérprete” así como la Resolución 65/2022 “Reglamento de las Organizaciones de Gestión Colectiva de Derechos sobre Creaciones Literarias y Artísticas”, son las que rigen las cuestiones de derecho de autor.

La 154/2022 protege “la expresión creación intelectual literaria y artística comprende los campos de las bellas letras, del arte, el científico, el educacional, el periodístico, el comunicacional y el técnico”. En esta se señalan los derechos morales y patrimoniales que tienen los autores cubanos sobre sus obras.

Explica que se considera creador, a los efectos de esta Ley, a la persona natural que crea una obra, y por ello ostenta la condición de autor; o interpreta o ejecuta una obra, y por ello ostenta la condición de artista intérprete o ejecutante.

Aunque en Cuba en general el acceso abierto a la información todavía es incipiente, es importante considerar los derechos de autor para la creación futura de repositorios u otras formas de hacer llegar de forma libre el conocimiento a la ciudadanía. Que el acceso sea gratuito y disponible a todos nunca debe significar que se vulneren los derechos morales de los creadores.

3 octubre 2023 |Fuente: Cubahora| Tomado de Ciencia y Tecnología

octubre 3, 2023 | Gleidis Hurtado Cumbá | Filed under: Ciencia, Cuba, De la prensa cubana, investigación | Etiquetas: , , , , , |