«Ese momento de felicidad es indescriptible, pues si el anuncio de un bebé por venir es un regalo para cualquier familia, para las parejas que están en la consulta de infertilidad es un premio doble concebir un embarazo».

Granma.–Tras más de una década de consultas médicas, múltiples exámenes y diversos tipos de tratamientos con técnicas de reproducción asistida, Maylenes Pupo de la Rosa y su esposo recibieron la mejor noticia de sus vidas: «estaban embarazados».

«Ese momento de felicidad es indescriptible, pues si el anuncio de un bebé por venir es un regalo para cualquier familia, para las parejas que están en la consulta de infertilidad es un premio doble concebir un embarazo», comenta a este diario Maylenes Pupo, mientras sostiene en los brazos a su pequeña de nueve meses de nacida.

Sin embargo, esta madre granmense también ha sido testigo del dolor de muchas parejas que no han podido concretar ese sueño.

«En los años que estuve en consulta vi muchos casos que agotaron todas las técnicas de reproducción asistida existentes en nuestro país y no lograron el embarazo; incluso, conocí a pacientes que ni siquiera pudieron optar por esa vía, debido a enfermedades u otras causas. Eso es algo muy doloroso y frustrante».

Por ello, Maylenes Pupo considera que Cuba ha dado un paso de avance importantísimo con la inclusión del método de gestación solidaria en el nuevo Código de las Familias, que será sometido a referendo popular el próximo 25 de septiembre.

Dicho procedimiento médico, que se establece «en beneficio de mujeres con alguna patología médica que les impida la gestación, de personas estériles, de hombres solos o de parejas de hombres», afianza su carácter altruista al prohibirse, legalmente, cualquier tipo de remuneración o dádiva a la gestante del futuro bebé, aun cuando la familia beneficiada pueda ayudar a costear la alimentación, el traslado a las consultas y otros gastos del embarazo y el parto.

«Felizmente, yo logré gestar a mi bebé; pero cuántas parejas, y hasta hombres, que quieren ejercer la paternidad hoy no se lo pueden ni plantear, porque no existe la vía legal para hacerlo. La opción nos la da ahora el Código, mediante un método que se va a agradecer muchísimo. Estoy segura», afirma Maylenes Pupo.

UN ACTO DE AMOR

La doctora Marleivis Alonso Aguilera, coordinadora provincial de la Consulta de Atención a la Pareja Infértil, en Granma, expone que en este territorio, anualmente, como promedio, acuden al programa alrededor de 400 parejas, y de ellas, por ejemplo, el pasado año 2021 solo 135 lograron concebir el embarazo.

Esta cifra, aunque es un indicador muy positivo para la consulta de infertilidad, no revela la cantidad real de personas que ven tronchado su anhelo de ejercer la maternidad o la paternidad.

«Como su nombre lo indica, el programa solo atiende a parejas heterosexuales, es decir, que no pueden aspirar a estos procedimientos de inseminaciones artificiales o in vitro ni mujeres solteras, ni parejas homoafectivas», explica la especialista.

Por otra parte, agrega la doctora, de las parejas que integran el programa hay un número considerable que, a pesar de someterse a estos procedimientos –los cuales suelen ser largos, y en ocasiones requieren de tratamientos quirúrgicos– no logran el embarazo, debido a diversas causas como las anomalías uterinas, la inefectividad de la inseminación, los abortos a repetición u otras.

«Para nosotros es muy difícil ese momento en el que hay que decirles a los pacientes que se han agotado todas sus posibilidades de ser padres. Uno sufre con ellos como mismo se disfruta un test de embarazo positivo», refiere Alonso Aguilera.

De ahí que la doctora catalogue la gestación solidaria como una práctica necesaria y altruista que podría convertirse en una solución, tanto para mujeres como para hombres que actualmente están privados de la posibilidad de tener descendencia por vía natural.

«Este proceder médico no es desconocido, pues se emplea en otras naciones del mundo con gran éxito, aunque lamentablemente, en muchos casos, esté sujeto a fines lucrativos; pero en Cuba sería un verdadero logro incluirlo en las técnicas de reproducción asistida».

Además, según detalla la directiva, en esta tipología, que se conoce como maternidad subrogada, la gestante (vientre solidario) recibe los óvulos y espermatozoides de los padres de intención (pareja que no puede concebir), por lo que, al solo aportar la capacidad gestacional de su útero, no tiene ningún vínculo biológico con el feto.

«Y si la madre no pudiera aportar su material genético, también existe la posibilidad de emplear óvulos de una donante anónima, o de la propia gestante mediante un acuerdo legal previo. En ambos casos se trata de un acto altruista y de amor», acota la doctora.

Al respecto, Yunier Ponce Ferrales, sicólogo del Programa de Atención a la Pareja Infértil en Granma, apunta que, con esta nueva variante médica, algunas de las parejas que han pasado por su consulta podrían tener una nueva opción de ser padres, tras no lograrlo por las vías disponibles hasta la fecha.

«Hay que aclarar, no obstante, que este no será un proceso sencillo, porque en él se involucran factores síquicos y físicos, tanto de la pareja como de la mujer que gestará al bebé, por lo que se deberán garantizar las condiciones pertinentes de los involucrados, y que no existan riesgos para la salud de la gestante ni del niño», subraya.

En tal sentido, la propia doctora Marleivis Alonso Aguilera añade que la gestación solidaria, al ser una práctica médica novedosa, implicará –además de los requisitos legales para su autorización– la preparación de los profesionales de la Salud y de las condiciones materiales necesarias, así como la elaboración de normas y protocolos de actuación para poder llevarla a cabo.

«Desde que comenzó el proceso de consulta popular del nuevo Código de las Familias, y se dio a conocer este método, a nuestro centro han llegado varias parejas interesadas en recibir información y orientación acerca de la gestación solidaria; sobre todo parejas en las que la mujer está histerectomizada, condición médica para la cual hoy no tenemos una solución», reconoce la coordinadora.

LA LEGALIDAD COMO PREMISA

Para la jueza Yamile González Cabrales, presidenta de la Sala de lo Civil, Administrativo y Laboral del Tribunal Provincial Popular de Granma, una de las cuestiones más novedosas y avanzadas que recoge el nuevo Código de las Familias es el respaldo jurídico que, por vez primera, se le da a las técnicas de reproducción asistida, y la inclusión dentro de ellas, del método de gestación solidaria.

«El hecho de que se reconozca legalmente esta forma de gestación bajo el principio de no ser privativa de las parejas heterosexuales viene a amparar el derecho constitucional de las personas a formar una familia, sin discriminaciones», acentúa.

De acuerdo con la también vicepresidenta del Capítulo de Derecho Civil y de Familia en la sede de la Unión Nacional de Juristas de Cuba en el territorio granmense, esta disposición, que debe abordarse desde la interdisciplinariedad (incluye médicos, abogados, sicólogos y otros especialistas), constituye una de las instituciones más restrictivas del nuevo Código.

«Eso implica que no va a ser una variante abierta para todo el mundo, porque conlleva requisitos, procedimientos y presupuestos que hay que cumplir como salvaguarda para evitar la mercantilización del proceso o cualquier tipo de ganancias.

«Esa condición supone tres controles. El primero está contenido en la propia norma jurídica cuando determina que solo se puede acordar la gestación solidaria entre personas de 25 años o más, unidas por vínculos familiares (consanguíneos o afectivos), y si esto no es posible, de forma excepcional se aceptará a una amiga muy cercana, cuya relación también deberá ser demostrada.

González Cabrales expresa que el segundo control es el sanitario, teniendo en cuenta que el Ministerio de Salud Pública deberá emitir las normas jurídicas relacionadas con los protocolos de actuación para la gestación solidaria.

Asimismo, la jueza indica que el tercer control es el judicial, porque en todos los casos es el tribunal el facultado para autorizar el proceso, para lo cual se verifica, entre otros aspectos, el estado de salud de los participantes; que se hayan agotado otras opciones previas, incluidas las técnicas de reproducción asistida; así como tener en cuenta las condiciones para el bienestar del niño por nacer (interés superior del menor), y constatar que la voluntaria se haya sometido al proceso solo por una vez.

«De violarse esta medida, ya están concebidas las sanciones oportunas, como puede ser la inhabilitación permanente del personal médico que incurra en ello», acota González Cabrales.

Pero, más allá de las normas y regulaciones expuestas, la jueza exalta una cuestión insoslayable: «De aprobarse el nuevo Código, no significa que inmediatamente nuestros tribunales se van a llenar de procesos para autorizar la gestación solidaria. No es el ánimo de la nueva norma jurídica sumar por sumar cantidades; lo que se pretende es abrir oportunidades, hasta hoy vetadas, para que estén representados los derechos de todos los tipos de familias cubanas».

septiembre 13/2022 (Granma)

septiembre 14, 2022 | Maria Elena Reyes González | Filed under: Cuba, De la prensa cubana, embarazadas, Ministerio de Salud Pública (MINSAP), Salud, Salud Pública, Sociedad, Solidaridad | Etiquetas: |

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